LEX AUTONÓMO AFA  

La Asociación Federal de Autónomos (AFA), entiende que todos los miembros de la misma considerados como socios directos adquieren una serie de obligaciones y derechos que deben ser cumplidos y respetados. Para los casos donde algunas de las partes vulneren las normas, La Organización dispone de dos Comités de Conflictos.
Uno de carácter provincial encargado de atender los casos que se declaren en los ámbitos de las delegaciones territoriales y el segundo que intervendrá exclusivamente en los expedientes de rango superior o regionales, porque así lo desea alguna de las partes que estima no estar de acuerdo con la resolución del Comité Provincial.
En el supuesto de que ambos  Órganos Internos se inhiban o no admitan a trámite las alegaciones del asociado, el mismo podrá interponer  un recurso solicitando el arbitraje  del defensor del autónomo, figura que deberá estar representada por un bufete jurídico externo a La Organización con el que la misma ha suscrito acuerdo vinculante por el cual se establece que dicho abogado gozará de total independencia.
El Defen Lex además de intervenir como mediador podrá si no se avisan las partes  a  incoar un expediente que tras su estudio desembocará en un veredicto inapelable que, para todas las partes implicadas, será de obligado cumplimiento finalizando así el proceso de faltas.

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